Procedimiento Cesión Vehículos
01/02/2017
Un vehículo abandonado es un residuo tóxico, que ocupa un espacio en la vía pública e incluso es causa de infracción a las normas de tráfico y residuos.
Con el Servicio de Recogida de Vehículos se podrá deshacer del vehículo de manera fácil, rápida, segura y es totalmente gratuito. Y contribuirá a hacer de Benicarló una ciudad más cívica y más respetuosa con el medio ambiente. Sólo tiene que renunciar a su vehículo a favor del Ayuntamiento de Benicarló.
1- Retiraremos el vehículo de la vía pública.
2- Tramitaremos la baja a Jefatura Provincial de Tráfico.
3- Traslado a un gestor de residuos autorizado para su desguace y descontaminación.
Para llevar a cabo la cesión de un vehículo en este Ayuntamiento son necesarios unos documentos determinados, que varían en función que se sucedan unas u otras circunstancias:
1.- Si se persona el titular del vehículo:
1.1.- Si tiene la documentación del vehículo:
Permiso de circulación del vehículo objeto de cesión.
Tarjeta de inspección técnica de vehículos.
Fotocopia del D.N.I. del titular
1.2.- Si no tiene la documentación del vehículo:
1.2.1. Si se ha dado de baja al vehículo :
Documento de baja ante la Jefatura Provincial de Tráfico.
Fotocopia del D.N.I. del titular.
1.2.2 Si la documentación del vehículo ha sido extraviada:
Denuncia (declaración jurada) de extravío de la documentación.
Fotocopia del D.N.I. del titular.
2.- Si no se persona el titular del vehículo:
2.1.- Si el titular está fallecido: En todo caso habría que presentar los siguientes documentos:
Certificado de defunción del titular del vehículo
Declaración de herederos o testamento o algún documento oficial donde se acredite la adjudicación del vehículo.
Documento de poder de representación o autorización de todos los herederos cumplimentado, autorizando a uno de ellos a ceder el vehículo con las firmas de todos ellos
Fotocopias de los D.N.I. de todos los herederos.
2.1.1. Si tiene la documentación del vehículo:
Los mismos documentos que en el apartado 1.1.
2.1.2. Si no tiene la documentación del vehículo:
Si se ha dado de baja al vehículo: los mismos documentos del apartado 1.2.1.
Si la documentación del vehículo ha sido extraviada: los mismos documentos del apartado 1.2.2. La declaración jurada será firmada por unos de los herederos al que todos autoricen para ello.
2.2.- En representación del titular:
2.2.1. Si tiene la documentación del vehículo:
Los mismos documentos que en el apartado 1.1. y además:
Poder de representación o autorización cumplimentado y firmado por titular y autorizado.
Fotocopia del D.N.I. del autorizado.
2.2.2. Si no tiene la documentación del vehículo:
Si se ha dado de baja al vehículo:
Los mismos documentos que en apartado 1.2.1. y además:
Poder de representación o autorización cumplimentado y firmado por titular y autorizado.
Fotocopia del D.N.I. del autorizado
Si la documentación del vehículo ha sido extraviada :
Los mismos documentos que en el apartado 1.2.2. y además:
Poder de representación o autorización cumplimentado y firmado por titular y autorizado.
Fotocopia del D.N.I. del autorizado.
"No se tramitará cesión de vehículo con precinto judicial"
"No es necesario estar al corriente de pago del impuesto de tracción mecánica"