El Pleno aprueba regular el uso agrícola de barros procedentes de la depuración de aguas residuales

28/05/2021

La aprobación definitiva del Ordenanza también incluye la regulación de las explotaciones apícolas, que, de acuerdo con la normativa autonómica, tienen que contar con la autorización pertinente.

El Pleno ordinario del mes de mayo ha aprobado definitivamente la modificación del Ordenanza municipal del Medio Rural que incluye dos puntos importantes: por un lado, la regulación de la utilización de purines y barros procedentes de la depuración de aguas residuales en explotaciones agrarias y, por otro, la regularización de la apicultura. La aprobación definitiva incorpora siete alegaciones que se presentaron después de la aprobación inicial que se hizo en el Pleno ordinario del mes de noviembre.

Respecto a la utilización de barros, la modificación del ordenanza tiene como objetivo responder a la necesidad de utilización de este tipo de fertilizantes considerados adecuados para las prácticas agrícolas y al mismo tiempo evitar los efectos nocivos sobre el suelo, el agua, la cubierta vegetal y la salud humana que podría ocasionar su utilización en dosis superiores a las permitidas.

La alcaldesa de Benicarló, Xaro Miralles, ha remarcado que «los barros de las depuradoras solo se tienen que usar en las condiciones que están reguladas porque pueden afectar los acuíferos y las plantaciones, y con esta ordenanza respondemos a la demanda general de la ciudadanía, protegemos las tierras de nuestro pueblo y el interés general».

Así, tal y como ha explicado la concejala de Agricultura en el Pleno, Inma Díaz, «la ordenanza se tenía que actualizar para adaptarse a las exigencias de la legislación autonómica y porque tenemos la obligación de proteger el campo benicarlando, y ahora con la colaboración de la policía regularemos su aplicación para evitar un uso indiscriminado que pueda causar no solo molestias al vecindario sino que también pueda afectar a la salud del campo benicarlando».

Sobre la apicultura, la legislación autonómica vigente obliga a las explotaciones apícolas a estar inscritas en un registro específico de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación y a estar en posesión de la autorización pertinente, tanto si las personas titulares tienen los ruscos en terrenos particulares de su propiedad como si los terrenos pertenecen a terceras personas.

La nueva ordenanza incorpora esta normativa y obliga, además, a las personas titulares a la correcta identificación de sus colmenas, en un lugar visible y de forma legible, y a pedir permiso para desplazar enjambres o colmenas.

En el caso de asentamientos apícolas en montañas de titularidad pública, la adjudicación de los aprovechamientos se tiene que realizar de forma directa entre las personas solicitantes que formulan la correspondiente solicitud ante el Ayuntamiento de Benicarló. En este caso, el número máximo de colmenas por asentamiento en montaña de utilidad pública se establece en 240 colmenas.

Sobre las distancias mínimas de las colmenas, también se incorpora el contenido de la normativa autonómica, que establece la prohibición de situar asentamientos apícolas a menos de 400 metros de centros urbanos, a menos de 100 metros de viviendas rurales o a menos de 200 metros de carreteras nacionales y menos de 25 metros de caminos vecinales y pistas forestales.